LA GESTORA PÚBLICA
El presente documento tiene por objeto modificar las cláusulas cuarta (PASANTÍAS) y décima primera (VIGENCIA DEL CONVENIO) del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la gestora y la Universidad. 3.1. Se modifica el tercer párrafo de la cláusula cuarta (PASANTÍAS) por la siguiente redacción: La duración de la pasantía variará según su naturaleza, necesaidades académicas del estudiante y las necesidades de la GESTORA, sin embargo, en ninguno de los casos podrá ser inferior a 3 meses ni mayor a 6 meses (medio tiempo) y no podrá ser inferior a 4 meses ni mayor a seis meses (tiempo completo). 3.2. Se modifica la cláusula décimo primera (VIGENCIA DEL CONTRATO) por la siguiente redacción; El presente Convenio de cooperación interinstitucional tendrá una vigencia de 4 años calendario, computables a partir de la fecha de suscripción del presente documento, no operando la tácita reconducción, pudiendo renovarse mediante documento similar, de acuerdo a conveniencia y evaluación de ambas partes.